Para acceder a la consulta de datos de Via Oberta es necesaria la acreditación de la identidad del usuario, mediante un certificado digital de empleado público de la administración correspondiente .
El certificado empleado para acceder a Via Oberta podrá ser tanto de nivel de firma medio (p. ej. T-CAT P ), como alto (p. ej. T-CAT ) siempre que éste esté vinculado a la administración pública por la que el usuario quiere realizar la consulta.
No es imprescindible que el prestador de servicios de certificación sea el Consorci AOC, siempre que se trate de un certificado de empleado de una administración pública.
Por tanto, el acceso al servicio de Via Oberta NO se podrá obtener con :
- Un certificado idCAT, dado que no se trata de un certificado que identifique al usuario como trabajador de ninguna administración pública.
- Cualquier certificado emitido por otros prestamistas que no se trate de empleado de una administración pública, por el mismo motivo que el punto anterior.
- Un certificado de empleado público de una administración que no sea a la que esté adscrito el usuario a la plataforma EACAT, en el momento de realizar la consulta.
- T-CAT de pseudónimo, dado que el requisito para consultar a Via Oberta es que quede identificado quien hace la consulta y en este caso, no es así.