Por la tramitación del formulario de solicitud de autorización de Via Oberta por la resolución de procedimientos sancionadores relacionados con la ocupación de la vía pública y/o la retirada de vehículos le recomendamos rellenar el formulario de solicitud siguiendo las recomendaciones que le realizamos a continuación.

En el apartado Información del procedimiento por el que se solicitan los datos debe seleccionarse el Tipo de procedimiento: Denuncias, inspecciones y Sanciones

DGT_PROC.png

En el apartado Datos solicitados en el procedimiento se debe seleccionar que son datos provenientes de la Administración General del Estado y habrá que escoger la DGT- Registro de vehículos y conductores como el emisor que proporciona los datos .

AGE_DGT.png

En relación con el Tipo de procedimiento le recomendamos que se seleccione el código de procedimiento: 2375 - Expedientes Sancionadores por ocupación de la Vía Pública y retirada de vehículos abandonados.

Éste es el código de procedimiento que incluiría la consulta de datos en procedimientos como la retirada de vehículos de la vía pública y posterior depósito, cuando supongan un peligro para la circulación o la retirada de vehículos abandonados, entre otros.

A la hora de seleccionar las modalidades de consumo por este procedimiento es importante recordar que la DGT no autoriza las modalidades sancionadoras y que únicamente autoriza la siguiente modalidad de consumo: Consulta de datos de un vehículo por parte del titular de la vía

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Un ejemplo de justificación normativa de las modalidades no sancionadoras para procedimientos sancionadores por ocupación de la Vía Pública y retirada de vehículos abandonados sería el siguiente:

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Para conocer el detalle de los servicios de la DGT y de sus requerimientos puede consultar la Carta de Servicios disponible en la web del Consorcio.