Por la tramitación del formulario de solicitud de autorización de Via Oberta por la resolución de procedimientos sancionadores relacionados con la ocupación de la vía pública y/o la retirada de vehículos le recomendamos rellenar el formulario de solicitud siguiendo las recomendaciones que le realizamos a continuación.
En el apartado Información del procedimiento por el que se solicitan los datos debe seleccionarse el Tipo de procedimiento: Denuncias, inspecciones y Sanciones
En el apartado Datos solicitados en el procedimiento se debe seleccionar que son datos provenientes de la Administración General del Estado y habrá que escoger la DGT- Registro de vehículos y conductores como el emisor que proporciona los datos .
En relación con el Tipo de procedimiento le recomendamos que se seleccione el código de procedimiento: 2375 - Expedientes Sancionadores por ocupación de la Vía Pública y retirada de vehículos abandonados.
Éste es el código de procedimiento que incluiría la consulta de datos en procedimientos como la retirada de vehículos de la vía pública y posterior depósito, cuando supongan un peligro para la circulación o la retirada de vehículos abandonados, entre otros.
A la hora de seleccionar las modalidades de consumo por este procedimiento es importante recordar que la DGT no autoriza las modalidades sancionadoras y que únicamente autoriza la siguiente modalidad de consumo: Consulta de datos de un vehículo por parte del titular de la vía
Un ejemplo de justificación normativa de las modalidades no sancionadoras para procedimientos sancionadores por ocupación de la Vía Pública y retirada de vehículos abandonados sería el siguiente:
Para conocer el detalle de los servicios de la DGT y de sus requerimientos puede consultar la Carta de Servicios disponible en la web del Consorcio.