El Responsable de interoperabilidad es la persona que tiene como funciones:

  • Ser el interlocutor con el Consorci AOC por temas de interoperabilidad.
  • Velar por la adecuada gestión y acceso al sistema en el marco de su organización.
  • Designar y autorizar, mediante el uso de la firma electrónica, los usuarios que dentro de su organización podrán utilizar los servicios Via Oberta solicitados por el ente. Se debe tener presente que es obligatorio disponer de T-CAT para autorizar a los usuarios.

La persona u órgano representante legal del ente, de la alcaldía o secretaría, deberá nombrar y comunicar formalmente al Consorci AOC un responsable de interoperabilidad. Se recomienda designar a más de una persona para disponer siempre de un interlocutor .

La designación del responsable puede realizarse en el momento de la adhesión al CMI, o bien, a través del formulario disponible en:

EACAT>Trámites >Consorcio AOC >Solicitud de servicios> Solicitud de designación del responsable de interoperabilidad

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Cómo rellenar el formulario:

El nombre y el NIF del ente ya aparecerán rellenados.

El campo “Acción” es un desplegable donde las posibles acciones son:

  • Alta : Si se quiere dar de alta un nuevo Responsable de Interoperabilidad.
  • Baja : Si se quiere dar de baja un Responsable de Interoperabilidad.
  • Ratifica : Si se quiere dar de alta/baja alguno de los Responsables de Interoperabilidad; los que no cambian se ratifican. Aparecerá la opción "Ratifica" en este campo.

Con Botón + aparecerá una nueva línea para rellenar los datos de otro Responsable de Interoperabilidad.

Con el Botón – desaparecerá el Responsable de Interoperabilidad de la línea de donde se seleccione.

Una vez se reciba el formulario desde el Consorci AOC se autorizará a las personas designadas a tal efecto y se comunicará al ente.

Una vez se accede a la pantalla de inicio de EACAT, aparece a la derecha la/s personas responsables de interoperabilidad designadas.

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En caso de que no aparezca ningún Responsable de Interoperabilidad, significa que o bien el ente no dispone de esta figura o bien que la persona designada ya no es usuaria del ente en EACAT, lo que supone tener que realizar la tramitación para la designación del RIOP.